Esto no supone no poder ir de una casa a otra. Si nadie está aislado por prescripción médica, si no hay síntomas que hagan sospechar que se padece la enfermedad o si no se ha tenido contacto directo con algún positivo, los hijos pueden ir de una casa a otra.
Hoy miércoles 18 de marzo de 2020 el BOE publica algunas correcciones en el “Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19” y estableces que durante la vigencia del estado de alarma las personas únicamente podrán circular por las vías o espacios de uso público para la realización de las siguientes actividades, que deberán realizarse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad, menores, mayores, o por otra causa justificada
Es decir, que una madre o un padre puede recoger o entregar a sus hijos en casa del otro progenitor, no obstante, es nuestro derecho y deber proteger a los menores, pero los criterios de cada progenitor para garantizar la salud de los hijos pueden no coincidir, a esto ponemos sumarle que “el miedo es libre” y que emocionalmente también vivimos una situación excepcional.
Por todo esto podemos decir que la mediación es una herramienta de utilidad, siempre lo ha sido para buscar soluciones a la medida, para evitar judicializar las relaciones y ahora, cuando además no hay “normativa” que sustituya la falta de acuerdo, la mediación debe estar al alcance de todos.
Todo el equipo de la Fundación ATYME está a disposición de quien quiera hacer uso de la mediación, estamos atendiendo por video conferencia, teléfono y chat on-line, si tienes cualquier duda llámanos: